Declara sin lugar la apelación de los abogados JOSÉ LUÍS TAMAYO RODRÍGUEZ, THERESLY MALAVÉ WADSKIER, MARÍA DEL PILAR PERTIÑEZ DE SIMONOVIS e IGOR HERNÁNDEZ BRACHO, defensores de los ciudadanos IVÁN ANTONIO SIMONOVIS ARANGUREN, HENRY VIVAS HERNÁNDEZ, LÁZARO JOSE FORERO LÓPEZ, ARUBE JOSÉ SALAZAR, JULIO RAMÓN RODRÍGUEZ SALAZAR, ERASMO JOSÉ BOLÍVAR, HÉCTOR JOSÉ ROVAIN, MARCO HURTADO y LUIS MOLINA CERRADA, contra decisión dictada del Juzgado Cuarto de Juicio Circunscripcional, del 17/01/2008, que decidió improcedente la Ley de Amnistía emanada del Decreto Nº 5.790, Publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.870, dictado por el Presidente de la República Bolivariana Venezuela HUGO CHÁVEZ FRÍAS. Confirma la recurrida.