DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Especial Accidental de la Sección de Adolescentes de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, resuelve: PRIMERO: Se declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado CARLOS HERNÁNDEZ CAMPOS, en su condición de Defensor Público Especializado de los ciudadanos, adolescentes (Identidades omitidas, artículos 65 y 545 LOPNA), contra el fallo dictado en fecha 21/06/2004, por el Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes Circunscripcional, donde acordó la medida preventiva privativa de libertad, a los mencionados adolescentes. SEGUNDO: Se confirma la decisión referida ut supra.
Publíquese, notifíquese, regístrese, déjese copia y remítase en su oportunidad al Tribunal de origen.
LA MAGISTRADA PRESIDENTA DE LA SALA
Dra. IRIS BRITO DE PARRA
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