DISPOSITIVA.
Ahora bien, cumplidos como han sido los trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el Recurso de Apelación ejercido por la ciudadana YAJAIRA DIAZ ARZOLA, en su carácter de VICTIMA y QUERELLANTE, en contra del auto publicado por el TRIBUNAL QUINTO (05°) DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA de veintiséis (26) del mes de Abril del año dos mil veintitrés (2023), en la causa 5C-SOL-4021-23, (nomenclatura interna de ese despacho de primera instancia).
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación de auto, interpuesto en fecha tres (03) de Mayo del año dos mil veintitrés (2023), por la ciudadana YAJAIRA DI.....