En merito de las consideraciones de hecho y derecho antes expuesta, es por lo que este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Protección del Niño y Adolescentes y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR, el presente Recurso de Hecho interpuesto por el abogado Serafín A. Magallanes, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.212, apoderado judicial del ciudadano José Gregorio Mangieri Cardozo, titular de la cédula de identidad N° V-7.284.571, contra el auto de fecha 16 de Octubre de 2006, dictado por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, donde se negó a oír la apelación efectuada por la parte demandada en contra del auto de admisión de las pruebas del actor de fecha 26 de septiembre de 2006. En consecuencia, se ORDENA al Tribunal ante.....