PRIMERO: PROCEDENTE la transacción celebrada en fecha 10 de abril de 2023 (Folio 151 y vuelto), por los ciudadanos Leitzer Jesús Bolívar Larez, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-12.142.187, en su carácter de parte demandante, y las ciudadanas Libia Alejandra Palma Bolívar y Lucely Consuelo Palma Bolívar, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-20.893.486 y V-17.198.165, respectivamente, en su carácter de demandadas. En consecuencia, se le imparte su homologación, con autoridad de cosa juzgada, en relación al asunto contenido en esta causa.
SEGUNDO: En virtud a la transacción llevada a cabo, se considerada terminado el presente juicio; restando únicamente que las demandadas el día 4 de mayo de 2023, le paguen al demandante, el monto de MIL DÓLARES AMERICANOS (1.000 USD).
TERCERO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza del presente fallo.
CUARTO: Notifíquese a las partes de la presente de.....