II. DISPOSITIVA.-
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudenciales ut supra señalados, éste Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: procedente la solicitud y por vía de consecuencia, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la Acción de Amparo Constitucional incoada por el Abogado CESAR RAMON MEJIAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 61.147, apoderado Judicial del ciudadano FRANCISCO JAVIER CHAPARTEGUI ELORRIAGA, titular de la cédula de identidad N° E-81.991.008, contra el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a cargo del Juez Dr. ANIBAL HERNANDEZ. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Consti.....