VII. DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, éste Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por la Sociedad Mercantil PARCELAMIENTO TUCUPIDO C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, bajo el numero 31, Tomo 29-A en fecha 14 de febrero de 1977, en nombre del ciudadano ALBERTO JORGE PEREZ DELGADO, en su carácter de Director Gerente, titular de la cedula de identidad N° V- 2.978.736, debidamente representada por los abogados MIGUEL RAMON LINARES, RAFAEL ENRIQUE GOMEZ inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 128.370 y 99.788, contra la decisión de fecha 30 de junio de 2010, .....