IV.- DECISION
Con fundamento a las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra señaladas, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer al Tribunal Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de la demanda por DESALOJO, incoada por el ciudadano GENNARO MARIO DI MARTINO EGIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.236.220, en contra de la Sociedad Mercantil MAUROMAR 2.000, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Aragua, en fecha 14 de marzo del año 2000, bajo el Nº 35, Tomo 11-A.
SEGUNDO: REMITASE el presente expediente al Tribunal Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Est.....