En virtud de las consideraciones antes expuestas; este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en aras del resguardo de los Principios de Seguridad Jurídica, el Debido Proceso y derecho a la defensa; y con el fin último de otorgarle a los justiciables una Verdadera Tutela Judicial Efectiva; declara HOMOLOGADO el Desistimiento del procedimiento, de la acción, así como del recurso de apelación presentado por el ciudadano MANUEL ANTONIO JIMÉNEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº V-24.445.828, debidamente asistido por la Abogada OFELIA BARNADAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 111.165, parte demandante en el presente asunto y la ciudadana MARIA JENNY RENGIFO, titular de la cédula de identidad Nº V-22.287.390, debidamente asistida por el Abogado ARTURO CASTRO, inscrito en el Inpreabogado
bajo el numero 12.290, p.....