III. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudenciales expuestas ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Hecho formulado por las abogadas ERLINDA DEL CONSUELO ZAMBRANO DE CISNERO y AURORA SALCEDO DE CARDENAS, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros.154.051 y 36.352, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte demandada en la causa principal, contra el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, en fecha 16 de julio 2012.
SEGUNDO: SE ORDENA remitir copia certificada de la presente decisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y T.....