IV. DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, éste Tribunal Superior Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE sobrevenidamente la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado ALVARO JOSÉ OCHOA NIÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.402, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano TANG YIXIONG, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.777.036, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a cargo de la Juez Dra. LUZ MARÍA GARCÍA MARTÍNEZ, en la causa signada con el N° 48.291, nomenclatura interna de ese Juzgado, de fecha 14 de diciembre de 2010, de conformidad a lo dispuesto .....