IV. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho ut supra, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada NAIROBIS ESCALONA DIAZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 67.764, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ANGELICA NIEVES SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.195.785, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 10 de diciembre de 2010.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la interposición del recurso dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada .....