IV. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado CESAR RAMON MEJÍAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.147, quien actúa en nombre y representación del ciudadano GREGORIO FRANCISCO GULDRIZ FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.960.113, en contra de la decisión dictada en fecha 28 de octubre del 2005, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada que DECLARO INADMISIBLE LA DEMANDA, pero en los términos expuestos por esta Superioridad, así se decide.
TERCERO No .....