En virtud de las consideraciones antes expuestas; este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en aras del resguardo de los Principios de Seguridad Jurídica, el Debido Proceso y derecho a la defensa; y con el fin último de otorgarle a los justiciables una Verdadera Tutela Judicial Efectiva; declara procedente la solicitud y por vía de consecuencia declara HOMOLOGADO el Desistimiento de la apelación presentada por la parte oferente, ciudadano abogado ÀNGEL SANCHEZ ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.194, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil RIMECA AGENTES ADUANALES, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 14 de noviembre de 1991, bajo el Nº 14, Tomo 7-A., inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Nro. J-07589372-7, en fecha ve.....