VII. DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, éste Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por la ciudadana MIRIAM DEL VALLE SANTOYA DE BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.184.359, debidamente asistida por el abogado LUIS RAMON CRIOLLO CONTRERAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 46.980, contra el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a cargo de la Juez LUZ MARIA GARCIA, en la decisión dictada en fecha 15 de marzo de 2011, en el expediente N° 48206, nomenclatura interna de dicho Juzgado, de conformidad con lo.....