De acuerdo a los términos de la Acción de Amparo, solicitó el accionante, se acuerde la Medida Innominada contra el peligro de posibles daños a la propiedad, y el fundado temor de que la resolución cause lesiones graves o de difícil reparación a los derechos y garantías constitucionales, de su representada, hasta tanto no se resuelva la presente solicitud de amparo, todo ello a los fines de que no quede ilusoria la ejecución del fallo.
Visto el planteamiento anterior, este Tribunal Superior, observa, que el petitorio esgrimido, coloca a quien decide en la situación de pronunciarse sobre el fondo del asunto denunciado, lo cual constituye el objeto de la presente acción de amparo constitucional, tomando en consideración la naturaleza breve y sumaria del procedimiento de Amparo, por ello resulta IMPROCEDENTE la medida innominada solicitada; amén de no evidenciarse la irreparabilidad o difícil reparación por la definitiva, en caso de ser declarado Con Lugar la presente acción, Así se.....