Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la Solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el Ciudadano: IVER ALEXANDER CAMPOS MILLAN, mediante Apoderado Judicial Ciudadano Abogado LIONEL VICENTE LANZ MAURERA, contra el Ciudadano Comisario General (P.A.) Angel Mercado, en su carácter de Comandante General del Cuerpo de Seguridad y Orden Público del Estado Guárico, todos ampliamente identificados en autos.
No hay condenatoria en costas a la Parte Solicitante en Amparo por cuanto no trata de un amparo entre particulares si no contra un ente público y todo de conformidad con el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Publíquese, regístrese, déjese copia y e.....