Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 14/09/2007

Formato:  Ficha  Lista

Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 1] Página 1 de 1
N° Expediente : AC-8810. N° Sentencia : Fecha: 14/09/2007
Procedimiento:
Acción De Amparo Constitucional
Partes:
HERNAN VERA BAPTISTA, VS. INSPECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS DEL CUERPO DE SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO DEL ESTADO ARAGUA, CIUDADANA ABOGADA INDIMAR KERELI PARRA GUTIERREZ Y EL COMANDANTE GENERAL DEL CUERPO DE SEGURIDAD Y ORDEN PUBLICO DEL ESTADO ARAGUA, LICENCIADO: NOE RAFAEL LIENDO MORALES.
Resumen:
ahora bien, si bien es cierto, es deber insoslayable para quien suscribe, examinar todos los elementos tendentes a lograr su convicción, respecto de la pretensión deducida, no lo es menos que, quien acciona, justifique lo pertinente para obtener lo que solicita; y en tal sentido se advierte, no se desprende de los recaudos consignados, el que efectivamente se haya gestionado por ante el funcionario competente lo expuesto por la parte solicitante y mucho menos respuesta, conducta o actitud alguna asumida frente al requerimiento; y como quiera, que le está vedado a este Tribunal Superior, subvertir el orden procesal, en cuanto a sustituirse en las partes y específicamente en lo atinente a la carga procesal de soportar lo alegado en autos, en consecuencia, se Niega acordar el auto para mejor proveer de solicitud de prueba de informe, por no observarse la pertinencia de la misma, debiendo quien acciona, traer a los autos el o los elementos necesarios que la justifiquen. Así se decide.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados