De conformidad con lo previsto en el artículo 98 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, sin entrar a conocer las causales de inadmisibilidad contenidas en el articulo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo se admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, procédase a notificar al Comandante General de la Policía del Estado Aragua, y al mismo tiempo la citación de la Procuradora General del Estado Aragua, a quien se conmina a dar contestación a la presente querella dentro de un lapso de quince (15) días de despacho, contados a partir del vencimiento del lapso previsto en el artículo 82 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República, aplicable al caso según lo ordenado en el artículo 33 de la Ley Orgánica Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencia del Poder Público, dichos lapsos comenzarán a correr, a partir del momento en que conste en autos la ultima de la notificación ordenadas. Así mismo se le so.....