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Decisiones del dia 18/06/2007

Formato:  Ficha  Lista

Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : CA¿7578 N° Sentencia : Fecha: 18/06/2007
Procedimiento:
Recurso De Nulidad
Partes:
PINTURAS VENEZOLANAS C.A. (PINTUVEN), VS. INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO ARAGUA
Resumen:
este Tribunal Superior, por cuanto no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte la HOMOLOGACION según lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado en el presente caso por analogía en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la ciudadana Abogada: LILIBETH BRETO RAPOSO, titular de la cédula de identidad número 11.979.937, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 85.697, apoderada judicial de la Sociedad Mercantil PINTURAS VENEZOLANAS C.A. (PINTUVEN contra la providencia Administrativa emitida en el Expediente signado con el número 009-05-01-00474, de fecha 06 de octubre del 2005, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Aragua; ordenándose de igual manera, el ARCHIVO del presente Expediente.
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : AC-8685 N° Sentencia : Fecha: 18/06/2007
Procedimiento:
Acción De Amparo Constitucional
Partes:
MÓNICA MERCEDES GIL VARELA, VS. SOCIEDAD MERCANTIL UNIDAD EDUCATIVA PRIVADA ORAL E INTEGRAL.
Resumen:
respecto a que el amparo sea la vía idónea para lograr el cumplimiento de la Providencia Administrativa proveniente de la Inspectoría del Trabajo, criterio este sostenido también por la Sala Político Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia Nº 2683 del 13 de noviembre del 2001, a lo que tiene que indicar este Juzgado que se acoge al criterio sostenido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, concluyendo que este Juzgado Superior, no es el competente para conocer de la Acción de Amparo propuesta, por falta de Jurisdicción, sino la Inspectoría del Trabajo en el Estado Aragua como se dijo supra, en consecuencia resulta INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional. Y así se declara.
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : AC.CA-8686 N° Sentencia : Fecha: 18/06/2007
Procedimiento:
Recurso Contencioso Administrativo De Anulacion
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL KAYSON COMPANY VENEZUELA, S.A., VS. INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO GUÁRICO, CON SEDE EN SAN JUAN DE LOS MORROS
Resumen:
Es necesario precisar que al estar los Actos Administrativos revestidos de una presunción de legalidad, legitimalidad y certeza, de allí que gozan de ejecutoriedad y ejecutividad; resulta impretermitible revisar si están llenos los extremos para acordar la Solicitud de Amparo Cautelar interpuesta, dado que lo señalado constituye la regla. Ahora bien, en el caso en concreto, y revisados los argumentos formulados, se coloca a quien decide, en la situación de tener que analizar, elementos propios que constituyen el fondo del recurso, lo que le está vedado a este Juzgador por lo señalado supra; asimismo de que no se observa el cumplimiento de un requisito esencial para la procedencia de la medida cautelar solicitada, cual es, la necesidad de dictar la medida, para evitar perjuicios irreparables o de difícil reparación por la definitiva, en caso de declararse Con Lugar el Recurso, por ello resulta IMPROCEDENTE acordar la Acción de Amparo Cautelar solicitada. Asimismo por razones obvias no s.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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