Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Región Central con Sede en Maracay, Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la profesional del derecho Alessandra Franchesca Pedroza de Zarate, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 122.186, actuando como apoderada judicial de la Sociedad Mercantil RANCHO LOS JARDINES TASCA RESTAURANT C.A, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 09 de mayo de 1995, bajo el N° 59, Tomo 658-B contra la Providencia Administrativa dictada el 03 de agosto de 2011 por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa de Oro.....