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Decisiones del dia 25/06/2007

Formato:  Ficha  Lista

Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : C-8613 N° Sentencia : Fecha: 25/06/2007
Procedimiento:
Regulación De Competencia
Partes:
MARIANELA ABREU GOMEZ VS. CONCEPCION ABREU GOMEZ Y MANUEL ANTONIO ABREU GOMEZ.
Resumen:
Por los razonamientos antes expuesto, éste Tribunal Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara Incompetente para conocer de la Regulación de Competencia, solicitada en el presente proceso y declina el conocimiento de la misma en el Tribunal Superior Segundo Agrario de los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes, con sede en San Carlos; ordenándose remitir las presentes actuaciones a dicho Tribunal, mediante Oficio que se ordena librar, en su oportunidad.
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : AC.CA-8699 N° Sentencia : Fecha: 25/06/2007
Procedimiento:
Recurso Contencioso Administrativo De Anulacion
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL DISTRIBUIDORA ELÉCTRICA, C.A. (DISELCA), VS. INSPECTOR JEFE DEL TRABAJO DEL ESTADO ARAGUA
Resumen:
De no acordarse la medida cautelar, solicitada por la vía de Amparo, podrían causarse perjuicios irreparables o de difícil reparación por la definitiva, en caso de ser declarado Con Lugar el Recurso, y a los fines de garantizar una tutela judicial efectiva conforme a la disposición constitucional contenida en el Artículo 26 y el Artículo 1° de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, este Tribunal Superior DECRETA la Medida de Amparo Cautelar solicitada, en forma provisional y hasta tanto se decida el Recurso de Nulidad interpuesto, o sea revocada si fuere el caso la medida decretada. Así se declara. En consecuencia, a los fines de acordar el reestablecimiento provisional de la situación jurídica infringida, se le ordena al Ciudadano: Inspector Jefe del Trabajo en el estado Aragua (E), Abstenerse de Ejecutar el Acto Administrativo dictado por el Inspector Jefe del Trabajo del Estado Aragua el día 13 de junio de 2007, expediente Nº 04320060600498, en forma .....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : AC-QF-8701 N° Sentencia : Fecha: 25/06/2007
Procedimiento:
Querella Conjuntamente Con Amparo
Partes:
JEAN CARLOS CABEZAS, VS. INSPECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS DEL CUERPO DE SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO DEL ESTADO ARAGUA
Resumen:
Es necesario precisar que al estar los Actos Administrativos revestidos de una presunción de legalidad, legitimalidad y certeza, de allí que gozan de ejecutoriedad y ejecutividad; resulta impretermitible revisar si están llenos los extremos para acordar la Solicitud de Amparo Constitucional así como la medida de suspensión solicitada, dado que lo señalado constituye la regla. Ahora bien, en el caso en concreto, y revisados los argumentos formulados, se coloca a quien decide, en la situación de tener que analizar, elementos propios que constituyen el fondo del recurso, lo que le está vedado a este Juzgador por lo señalado supra; asimismo de que no se observa el cumplimiento de un requisito esencial para la procedencia de la medida cautelar solicitada, cual es, la necesidad de dictar la medida, para evitar perjuicios irreparables o de difícil reparación por la definitiva, en caso de declararse Con Lugar el Recurso, y además, de no haberse señalado en el caso de autos, en que consistiría.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : CA-8700. N° Sentencia : Fecha: 25/06/2007
Procedimiento:
Demanda Por Cumplimiento De Contrato
Partes:
FIRMA PERSONAL A.F. INGENIERIA DE CONSULTA VS. MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA.
Resumen:
por cuanto de autos se desprende, que el lapso de contestación a la demanda en el presente proceso, se llevó a cabo conforme a lo previsto en el parágrafo 6 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, no siendo compatible los demás lapso procesales cumplidos en dicha causa, en el Juzgado declinante, con la Ley en comento, por cuanto los mismos se siguieron de acuerdo a lo previsto en el Código de Procedimiento Civil; es por lo que este Tribunal declara: PRIMERO: Validas todas las actuaciones realizadas en este proceso desde la fecha de la admisión de la demanda, hasta el acto de contestación a la misma (fol.103). SEGUNDO: NULA todas las actuaciones subsiguientes al acto de la contestación, correspondiente a los folios 106 al 260 del expediente. En consecuencia se REPONE la causa, al estado de fijación de la oportunidad para la apertura del lapso probatorio, el cual tendrá lugar una vez, que se encuentren a derecho las partes en este proceso, por lo que se orden.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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