Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Región Central con Sede en Maracay, Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: se declara Incompetente para conocer del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad con medida cautelar innominada, interpuesto por, el abogado Helly Aguilera Chacón, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 33.390, actuando como representante de la Universidad Experimental Simon Rodriguez, contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social a través de la Inspectoría del Trabajo de Valle de La Pascua, Estado, contenido en la Providencia Administrativa N° 123-2010, de fecha 22 de diciembre de 2010 dictada por la referida Inspectoría del Trabajo, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios cai.....