Decisiones del dia 26/10/2010
N° Expediente :
10.396
N° Sentencia :
Fecha: 26/10/2010
Procedimiento: Recurso Contencioso De Nulidad
Partes: EMPRESA PLUMROSE LATINOAMERICANA C.A, SOCIEDAD DE COMERCIO, CONTRA LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA NRO. 0043-10, DE FECHA 28 DE ENERO DE 2010, EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO ARAGUA, DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resumen:
Ahora bien, se desprende con meridiana claridad de la parcialmente citada jurisprudencia, que las decisiones de las Inspectorías del Trabajo, que son órganos administrativos desconcentrados dependientes de la Administración Pública Nacional, se producen en el contexto de una relación laboral, regida por la Ley Orgánica del Trabajo, razón por la cual, y dada la especialidad de la materia y la protección constitucional reconocida, a la misma debe atenerse al contenido de la relación, más que a la naturaleza del órgano que la dicta, para determinar que en el presente caso, "el juez natural no es el contencioso administrativo, sino el laboral".
En tal sentido, con fundamento en lo previsto en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la sentencia N° 955 supra citada y dado el carácter vinculante de la misma, en la cual se estableció, como antes se indicó, que el conocimiento de recursos contra actos administrativos dictados por los Insp.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
10.478
N° Sentencia :
Fecha: 26/10/2010
Procedimiento: Recurso Contencioso Administrativo
Partes: FUNDACIÓN EJE DE ARTICULACIÓN DEL EMPODERAMIENTO DE LOS CONSEJOS COMUNALES" ANTIGUA FUNPAGUA (FUNDACION PARA LA PARTICIPACION POPULAR DEL ESTADO GUÁRICO), CONTRA LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO GUARICO,
Resumen:
Ahora bien, se desprende con meridiana claridad de la parcialmente citada jurisprudencia, que las decisiones de las Inspectorías del Trabajo, que son órganos administrativos desconcentrados dependientes de la Administración Pública Nacional, se producen en el contexto de una relación laboral, regida por la Ley Orgánica del Trabajo, razón por la cual, y dada la especialidad de la materia y la protección constitucional reconocida, a la misma debe atenerse al contenido de la relación, más que a la naturaleza del órgano que la dicta, para determinar que en el presente caso, "el juez natural no es el contencioso administrativo, sino el laboral".
En tal sentido, con fundamento en lo previsto en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la sentencia N° 955 supra citada y dado el carácter vinculante de la misma, en la cual se estableció, como antes se indicó, que el conocimiento de recursos contra actos administrativos dictados por los Insp.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
10.464
N° Sentencia :
Fecha: 26/10/2010
Procedimiento: Recurso Contencioso Administrativo
Partes: EMPRESA PLUMROSE LATINOAMERICANA C.A, SOCIEDAD DE COMERCIO, CONTRA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO ARAGUA, DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL,
Resumen:
Ahora bien, se desprende con meridiana claridad de la parcialmente citada jurisprudencia, que las decisiones de las Inspectorías del Trabajo, que son órganos administrativos desconcentrados dependientes de la Administración Pública Nacional, se producen en el contexto de una relación laboral, regida por la Ley Orgánica del Trabajo, razón por la cual, y dada la especialidad de la materia y la protección constitucional reconocida, a la misma debe atenerse al contenido de la relación, más que a la naturaleza del órgano que la dicta, para determinar que en el presente caso, "el juez natural no es el contencioso administrativo, sino el laboral".
En tal sentido, con fundamento en lo previsto en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la sentencia N° 955 supra citada y dado el carácter vinculante de la misma, en la cual se estableció, como antes se indicó, que el conocimiento de recursos contra actos administrativos dictados por los Insp.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
10.469
N° Sentencia :
Fecha: 26/10/2010
Procedimiento: Recurso Contencioso De Nulidad
Partes: EMPRESA MAQUINAS 2000 C.A, CONTRA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO ARAGUA, DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL,
Resumen:
Ahora bien, se desprende con meridiana claridad de la parcialmente citada jurisprudencia, que las decisiones de las Inspectorías del Trabajo, que son órganos administrativos desconcentrados dependientes de la Administración Pública Nacional, se producen en el contexto de una relación laboral, regida por la Ley Orgánica del Trabajo, razón por la cual, y dada la especialidad de la materia y la protección constitucional reconocida, a la misma debe atenerse al contenido de la relación, más que a la naturaleza del órgano que la dicta, para determinar que en el presente caso, "el juez natural no es el contencioso administrativo, sino el laboral".
En tal sentido, con fundamento en lo previsto en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la sentencia N° 955 supra citada y dado el carácter vinculante de la misma, en la cual se estableció, como antes se indicó, que el conocimiento de recursos contra actos administrativos dictados por los Ins.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo