Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 28/03/2007

Formato:  Ficha  Lista

Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 7] Página 1 de 1
N° Expediente : RQF-7680 N° Sentencia : Fecha: 28/03/2007
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
RAMON ENRIQUE DELGADO, VS.CUERPO DE BOMBEROS Y BOMBERAS Y ADMINISTRACIÓN DE EMERGENCIAS DE CARÁCTER CIVIL DEL ESTADO ARAGUA, ORGANISMO ADSCRITO A LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO ARAGUA.
Resumen:
Al respecto debe señalar este Juzgador que no puede dicho instrumento transgredir disposiciones establecida la Ley Especial Laboral y menos las Normas Constitucionales, al pretender invocar una omisión en la referida ley. A este tenor considera quien decide de conformidad con lo previsto en el Art. 334 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, a fin de asegurar la integridad del texto constitucional y con preeminencia a la protección de los derechos sociales y laborales de rango constitucional de los trabajadores es aplicable con respecto al Pago de Prestaciones Sociales, Fideicomiso y otros beneficios, lo establecido en el Art. 8 y 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, por lo que resulta Procedente el Pago del Fideicomiso reclamado por el recurrente generados de sus Prestaciones Sociales, correspondientes desde el 16 de Junio de 1977 hasta el 10 de marzo de 1998. Así se decide. Con respecto, al pago de la Indexación sobre el monto del Fideicomiso dejado de perc.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : RQF-5273 N° Sentencia : Fecha: 28/03/2007
Procedimiento:
Querella Conjuntamente Con Amparo
Partes:
ANNER ARZOLA, VS.ALCALDÍA DEL MUNICIPIO "JUAN GERMÁN ROSCIO" DEL ESTADO GUÁRICO.
Resumen:
Este Sentenciador observa que si bien es cierto, tal como se desprende del Acuerdo Nº 3912 de fecha 09 de Agosto de 2000, publicado en Gaceta Municipal del Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, mediante el cual se decretó la Emergencia administrativa y financiera el proceso de Reorganización, asimismo se observa que en fecha 29 de Agosto de 2000, el Ciudadano Alcalde acordó ejecutar la medida de reducción de personal de la Alcaldía del Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, según Acuerdo Nº 3932, Publicado en Gaceta Municipal; a tal efecto establece el Artículo 53, numeral 2 de la Ley de Carrera Administrativa que para llevar a cabo la reducción de Personal se requiere de la aprobación de la medida en Consejo de Ministros. Ahora bien según criterio reiterado de la Corte Primera de los Contencioso Administrativo, el cual acoge este Juzgado, en el sentido de señalar que tal aprobación debe ser realizada por la Cámara Municipal en los casos de reducción de personal .....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : QF-7834 N° Sentencia : Fecha: 28/03/2007
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
KEYLA BEATRIZ, COLMENARES SALGADO, VS.REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ACTUACIONES DERIVADAS DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL, ESPECÍFICAMENTE DE LA MINISTRA DEL TRABAJO, SOC. MARIA CRISTINA IGLESIAS.
Resumen:
a juicio de quien decide, que la motivación del acto mediante el cual remueven a la Querellante, está ajustada a derecho, pues se le indicaron las razones jurídicas o fundamento de derecho, como fue indicar lo establecido en el artículo 21 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, que no le permiten aducir en esta instancia elementos que llevaran a la convicción contraria a quien decide de no ser funcionario de libre nombramiento y remoción, por lo que el acto contentivo de la remoción, que fue dictado por la Ciudadana Ministra del Trabajo, de acuerdo a las atribuciones previstas en el Ordinal 2 del artículo 5to de la Ley del Estatuto de la Función Pública, la Ciudadana Ministra del Trabajo, la cual es la persona competente para dictar el acto, por ser el Superior Jerárquico, dentro de la Administración Pública Nacional de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Publica en su Artículo 76, numerales 11 y 18, puede designar y remover a los funcionarios de libre nombrami.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : AC.QF-8505 N° Sentencia : Fecha: 28/03/2007
Procedimiento:
Querella Con Amparo Cautelar.
Partes:
LILIBETH MARIA LUNA PEÑA VS.PRESIDENTE DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES.
Resumen:
Este Juzgado Superior, en lo Contencioso Administrativo, en uso del Poder discrecional conferido por el Legislador, para determinar si es o no procedente acordar la Solicitud de Amparo como Medida Cautelar interpuesta por la Parte Recurrente; facultad esta consagrada como una excepción de derogatoria al principio general de la ejecución inmediata de los Actos Administrativos, consagrada en el Artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimiento Administrativos, considera necesario advertir que todo lo concerniente a la mujer trabajadora en estado de embarazo es de interés público, siendo necesario ofrecer a quien se encuentre en esa situación una amplia protección antes y después del parto, a lo cual ha acudido de manera contundente y precisa la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 76 consagra una Protección integral a la Maternidad y es por eso que mediante normas que en su conjunto expresan la idea de asegurar una sana gestación del feto, así como el respet.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : AC-8504. N° Sentencia : Fecha: 28/03/2007
Procedimiento:
Acción De Amparo Constitucional Contra Sentencia
Partes:
GABRIEL TOLMINO ANTONINI Y GIOVANNA BEATRIZ ANTONINI VS.JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Resumen:
En ese sentido este Tribunal Superior advierte que sólo es competente en materia Civil única y exclusivamente Bienes, conocido también como Derechos Reales o Derechos Subjetivos Patrimoniales Absolutos, que como sabemos son aquellos que atribuyen al Titular, un poder o señorío directo e inmediato sobre una cosa determinada y que impone así mismo a todo el mundo un deber de respeto o exclusión, por lo que la característica fundamental de los Derechos Reales, es que existe un sujeto pasivo que es universal y por ello oponible a terceros, aún cuando la cosa de hecho no este en manos de su titular, de allí que los Derechos Reales se contraponen a los Derechos conocidos como Obligaciones o Derechos de Créditos, donde el sujeto activo de tal derecho, o que es lo mismo el objeto del Derecho de Crédito es siempre una conducta (prestación) del sujeto pasivo, determinado como se dijo supra, puede ser, de dar, de hacer o no hacer, por lo que a juicio de quien decide tratándose el juicio prin.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : C-8508. N° Sentencia : Fecha: 28/03/2007
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL NUTRIARAGUA 2.000, C.A., VS. INCE ARAGUA A.C. (INCE) AHORA INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA
Resumen:
Asimismo y con fundamento a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en su numeral 24 que establece que, es de la competencia del Tribunal Supremo de Justicia como más alto Tribunal de la República conocer de las demandas que se propongan contra la República, los Estados y Municipios, o algún Instituto Autónomo, Ente Público o Empresa, en la cual la República ejerza un control decisivo y permanente, en cuanto a su dirección o administración se refiere, si su cuantía excede de setenta mil una unidad tributaria (70.001 U.T.), quedando a conocimiento de las Cortes Contenciosas Administrativas las demandas señaladas supra cuando su cuantía este comprendida entre las (10.001 U.T) y (70.000 U.T.) y por cuanto se observa que la presente Demanda no excede en su cuantía de las (70.001 U.T.) señaladas, es por lo que considera que este Tribunal, que los competentes para conocer de la presente acción, son.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : AC.CA-8501 N° Sentencia : Fecha: 28/03/2007
Procedimiento:
Recurso Contencioso De Nulidad
Partes:
JUAN ARNALDO SALINAS MARTÍNEZ, VS.GERENTE REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN CENTRAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA SENIAT.
Resumen:
En consecuencia de acuerdo con la Gaceta Oficial Nº 37.942, de fecha 20 de Mayo de 2004, entró en vigencia la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, la cual por Disposición Derogatoria, Transitoria y Final Única derogó la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia evidenciándose de la misma que solo regula la organización y funcionamiento del Máximo Tribunal, y no se prevé su aplicación ni de manera transitoria ni de manera temporal a los restantes órganos judiciales de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, más sin embargo de acuerdo a la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político Administrativa, de fecha 27 de octubre de 2004, con Ponencia Conjunta, la cual define las competencias de los Tribunales Superiores de lo Contencioso-Administrativo para conocer de las acciones o recursos de nulidad, por razones de inconstitucionalidad o de ilegalidad, contra los actos administrativos emanados de autorida.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados