Por las razones expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, declara:
Primero: SU INCOMPETENCIA para conocer y decidir sobre la demanda contencioso administrativa de nulidad interpuesta por la Profesional del derecho, Mariela Castro inscrita en el inpreaaogado bajo el Nro; 105.122, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil BAYER S.A, contra el Acto Administrativo de efectos particulares contenido en el oficio Nro; 0306-11, referente a la Certificación de una supuesta Enfermedad Ocupacional del ciudadano Ali José Mota Galea, emitida en fecha 09 de septiembre de 2011, por la Dra. Milagros M. Galeno L., actuando en su condición de medico adscrita a la DIRECCIÓN ESTATAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL.
Segundo: Se ordena remitir el presente expediente.....