Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Central, con Sede en Maracay, Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por la ciudadana MARIA DEL PILAR HUERTAS RAMOS, titular de la Cédula de Identidad Nº E-81.780.233, asistida por la abogada en ejercicio LEISY YULAINY SIBRIAN RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 109.711, contra la Providencia Administrativa dictada por el INSPECTOR JEFE DEL TRABAJO EN EL ESTADO ARAGUA el 27 de enero de 2009, en el marco del procedimiento administrativo de calificación de despido incoado por la sociedad mercantil CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE COTOPERIZ EDIFICIOS IBIS Y FLAMENCO, por presuntamente haber incurrido el trabajador en las causales de despido justificado previstas en los literales "e" g "i" y "j" de.....