Con soporte en los argumentos de hecho y de derecho en que se sustenta la motiva del presente fallo, el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Estado Aragua en funciones de Segundo de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Improcedente y desestimada la estimación de las actuaciones especificadas en el Capitulo I del escrito libelar, signadas con las letras "A" y "C". Segundo: Improcedente la estimación e intimación de honorarios por servicios profesionales prestados a los empleados, ciudadanos Gerard De Jesús Linares, Rafael Ángel Villegas Guerrero, Darwin José Pérez Lovera y Anderson Daniel Trejo incoada contra el ciudadano Pablo Rafael Zambrano Ruido, por defecto en la legitimación pasiva, aunado a la ausencia de estructuración de la responsabilidad especial por hecho ajeno con fundamento en la relación de dependencia existente entre las precitadas personas naturale.....