PRIMERO: Se admite en forma total la acusación presentada por el la Fiscal )| del Ministerio Público, ya que la misma el escrito acusatorio si cumple con las exigencias del articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, por los motivos que a continuación se expresan: a) Están debidamente identificado el acusado, su domicilio, o residencia, y tratándose de un Defensor Privado, identificado debidamente su domicilio procesal y datos de identidad.
En cuanto a la descripción de los hechos la víctima explanó en su declaración que el Ciudadano: FERNANDO DANÍEL CHARAIMA, fue la persona que en compañía de otra persona dio muerte al ciudadano FRANK ALEXANDER GONZALEZ (hoy occiso), momentos cuando el mismo se encontraba reunido con varios amigos en las adyacencias de su casa, y de repente se presentó el imputado y sin mediar palabras le propinó un disparo en la cabeza ocasionándole la muerte de manera instantánea. Posteriormente el mismo fue aprehendido por funcionarios del Cuerpo de Seguri.....