DISPOSITIVA:
Con fundamento en los argumentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Cuarto de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento.
PRIMERO: CONDENA a los acusados MOSQUEDA PARRA OMAR JOSÉ y FARIA MEDINA CARLOS MANUEL venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.573.513 y 8.823.584, residenciados en el Barrio las Tablitas, Callejón 07, Casa N° 8, Villa de Cura y Barrio El Carmen, Calle Las Vegas, Sector Mata de Café, Casa N° 261, Villa de Cura, Maracay Edo. Aragua, respectivamente, por los hechos antes descritos, cometidos en perjuicio de la empresa: ENVASES METALICOS DEL CENTRO, ocurridos en fecha 18 de marzo del año 2005, toda vez que los acusados antes identificados admitieron los hechos en la audiencia preliminar celebrada en esta misma fecha, y por encontrarlos culpables.....