DISPOSITIVA:
Con fundamento en los argumentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Cuarto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento. PRIMERO: CONDENA al acusado EDGARDO JOSE CUBILLAN ZURITA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.721.221, residenciado en la Urbanización Caña de Azúcar, UD-17, Bloque 11, apartamento 02-00 del Municipio Mario Briceño Iragorry , Estado Aragua, por los hechos antes descritos, en virtud de la admisión de hechos realizada en la audiencia preliminar y por encontrarlo culpable de la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, se establece como pena aplicable de conformidad con las condiciones del artículo 37 del Código Penal, y artículo 376 del Código Org.....