Este Tribunal de Primera Instancia En Función de Control Numero Ocho del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Acuerda: Primero: : Se acuerda una prorroga de quince (15) días al Ministerio Público a los fines de que presente el respectivo acto conclusivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se niega la medida cautelar sustitutiva solicitada por la defensa a favor del imputado. La Presente acta fue leída en la Audiencia Oral y Pública. Por disposición del ciudadano Juez. Es todo, se terminó se leyó y conformes firman.
Abogado Nelson Alexis García Morales
Juez Octavo de Control