Este Tribunal de Primera Instancia En Función de Control Numero Ocho del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Acuerda: Primero: Se admite la acusación presentada por el represente Fiscal en contra del acusado ciudadano Cabello Jorge Leonardo, de nacionalidad venezolana, nacido el 07-05-1968, de 39 años de edad, natural de Maturín Estado Monagas, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.838.244, hijo de Dominga Cabello (v9 y Anicacio Entenay (f), de estado civil soltero, de profesión operador de maquinaria, domiciliado en el Santa Elena Vigora, calle principal, casa N° 15, Maturín Estado Monagas, por la comisión del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor previsto y sancionados en el artículo 6 numerales 1, 2, 3 y de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ciudadano Utrera Briceño Carlos José. Segundo: Se admiten las pruebas ofrecidas por el .....