este Tribunal en Funciones de Control Número Ocho, del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
Primero: Se Ordena la entrega en plena propiedad, dominio y posesión del vehículo de las siguientes características: Placa: 690-RAB; Serial de Carrocería: R611SXV26628; Serial de motor: ET6737M6320; Marca: Mack; Modelo: R611SXV; Año: 1.977; Color: Amarillo; Clase: Camión; Tipo: Plataforma; Uso: Carga, al ciudadano Daniel Venturi Ariza, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N.- V.- 13.237.503, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las parte de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 179 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, y déjese copia para el archivo del Tribunal debidamente certificada, y remítanse las actuaciones a la Fiscalía .....