DISPOSITIVA
Oídas las exposiciones de las partes, revisadas las actuaciones que integran la causa N° 8C-21.362-14, este Tribunal octavo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley publica el cuerpo integro de la decisión en los siguientes términos: PRIMERO: Admite la acusación fiscal presentada en fecha 24-04-2018 por la Fiscalía 9° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en contra de los imputados TREJO TORREALBA JHONNY JUVENAL, LARA SALAZAR ROBER RENIER y MARCANO VALERA ERNESTO ANTONIO, por el delito de APROPIACION INDEBIDA, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal.. SEGUNDO: Se admiten los medios de prueba promovidos por el Ministerio Público, por ser legales, necesarios y pertinentes. TERCERO: Admitida la acusación, se impone a los ciudadanos TREJO TORREALBA JHONNY JUVENAL,.....