En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, siendo competente esta Juzgadora, procede a dictar decisión, de la manera siguiente: Este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Primero de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano: YEFRI TAILOR CARTA SANIERS , Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-25.579379, nacido en fecha 30-06-1995, de 26 años de edad, de profesión u oficio: BARBERO residenciado en: SAN ANTONIO DE LOS ALTOS, VÍA GUARE GUARE, SECTOR LOS MEMELLES, LOS TEQUES ESTADO MIRANDA, de la comisión del delito de ASALTO A TRANSPORTE PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 357 del código penal, y USO DE FACSÍMIL, previsto y sancionado en el artículo 114 de la ley para el desarme y control de arma ley para el desarme y control de armas y municiones. SEGUNDO: Se ordena EL CESE DE TO.....