este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Primero de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el Siguiente Pronunciamiento. PRIMERO: Vista la admisión de los hechos realizada sin coacción ni apremio, a la cual se adhirió su defensa, este Tribunal CONDENA al acusado: JOSE FELIX BARRIOS RATTIA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-22.948.452, de 20 años de edad, nacido en fecha 14-04-1994, estado civil: soltero, profesión u oficio: obrero, residenciado en: SECTOR LOS TANQUES, CALLE LA BOMBRA, CASA SIN NUMERO, VILLA DE CURA, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, por encontrarlo culpable en la comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FACILITADOR, previsto y sancionado en el artículo 406, Ordinal 1° en concordancia con el articulo 84 ordinal 1°, ambos del Código Penal; igualmente s.....