Por todas las razones ampliamente analizadas y en base a las consideraciones expuestas con detalles, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Primero de Juicio, Itinerante Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano NIUMAR YOSECK PALOMINO MARIN, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N°19.553668, fecha de nacimiento 01-02-85, profesión u oficio albañil, residenciado en EL CASTAÑO, SECTOR PUENTE NUEVO, CALLEJON LAS BRISAS, CASA NUMERO 33 DE MARACAY ESTADO ARAGUA. Diarícese. Notifíquese a las partes.- Ofíciese lo conducente. Se acuerda remitir el expediente al archivo judicial central a los fines de su archivo definitivo. Cúmplase con lo ordenado.