Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano JESÚS GABRIEL RIVERO CARRERO, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-20.897.767, nacido en fecha 22-09-1977, de 32 años de edad, de profesión u oficio: albañil, residenciado en: calle Venezuela con calle Urdaneta, Barrio Campo Alegre, sector piñonal, casa N° 32, Maracay, Estado Aragua, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, por los delitos de por los delitos de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, pena ésta que habrá de cumplirse en la forma y condiciones que det.....