este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Primero de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el Siguiente Pronunciamiento. PRIMERO: Vista la admisión de los hechos realizada sin coacción ni apremio, a la cual se adhirió su defensa, este Tribunal CONDENA al acusado: CARLOS EDUARDO PERALTA BRITO, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-24.169.473 de 24 años de edad, nacido en fecha 06-06-1993, estado civil: soltero, profesión u oficio: obrero, residenciado en: BARRIO LA COMUNA, CALLE 01, CASA NRO. 03, CAGUA, ESTADO ARAGUA, se condena a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, por encontrarlo culpable en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el articulo 458 en relación con el articulo 84, ambos del Código Penal y RESISTENCIA A LA AUTOR.....