este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Primero de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el Siguiente Pronunciamiento. PRIMERO: Vista la admisión de los hechos realizada sin coacción ni apremio, a la cual se adhirió su defensa, este Tribunal CONDENA al acusado: MIGUEL EDUARDO GARCIA ROA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-26.952.670, de 23 años de edad, nacido en fecha 20-07-1994, estado civil: soltero, profesión u oficio: barbero, residenciado en: URBANIZACION SAN ANTONIO, CALLE 04, CASA NRO. 32, PALO NEGRO, ESTADO ARAGUA, a cumplir una pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN por encontrarlo culpable en la comisión del delito de: ROBO CON USO DE VIOLENCIA, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal; igualmente se le condena cumplir las penas accesorias de Ley prevista en el artículo 16 ejusdem, las cuales const.....