este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Juicio Nº 02, decide: ACORDAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al ciudadano ALEXIS RAMÓN NIEVES ARELLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.275.275, residenciado en la calle Junín cruce con Mariño, Nº 26 Barrio José Antonio Páez, sector Santa Rita, Municipio Linares Alcántara, consistente en presentaciones periódicas cada 8 días ante la Oficina de Alguacilazgo a la orden de este Tribunal, prohibición de acercarse a las victimas, prohibición de salida de la jurisdicción del Estado Aragua sin autorización de este Tribunal, y la presentación de dos (02) fiadores que garanticen su comparecencia a este proceso judicial y los mismos deben cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 256 numerales 3, 4, 6 y 8 y 258 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmpla.....