Este Tribunal Penal en función de Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA, a el acusado DARWIN EDGARDO RIERA MONROY, titular de la cedula de identidad Nº V-20.990.595, natural de Cagua Estado Aragua, de fecha de nacimiento 08-06-1991, edad 28 años, profesión u oficio: obrero, estado civil: soltero, dirección: Bella Vista, Calle 5 De Julio, Casa N° 12, Cagua, Estado Aragua; a cumplir la pena a cumplir CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión de los delitos de ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal y LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el articulo 413 Ejusdem, el cual le fue imputado por la Fiscalía 29° del Ministerio Público del Estado Aragua, pena ésta que habrá de cumplir en la forma y condiciones que determine el Tribunal de Ejecución correspondiente.....