DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Habiendo el acusado admitido los hechos que le atribuye el Ministerio Público de forma libre, voluntaria y sin coacción, este Tribunal CONDENA al acusado ENDERSON JOSE CORDERO RONDON. Titular de la cédula de identidad Nº V-25.069.079, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS, Y UN (01) MES DE PRISION, por la comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 01 y LESIONES PERSONALES previsto y sancionado en el artículo 413 ambos del Código Penal. SEGUNDO: En cuanto al estado de libertad del acusado ENDERSON JOSE CORDERO RONDON. Titular de la cédula de identidad Nº V-25.069.079, se a.....