DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA, al acusado ANYER EDUARDO NACERO DIAZ , venezolano titular de la cédula de identidad Nº V-21.464.100 a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR, previsto y sancionado en los artículos 406 numeral 01 en concordancia con el artículo 83 todos del Código Penal Venezolano SEGUNDO: en cuanto al estado de libertad del acusado ANYER EDUARDO NACERO DIAZ , venezolano titular de la cédula de identidad Nº V-21.464.100, se acuerda mantener la medida privativa de libertad. TERCERO: Se publica la sentencia en esta misma fecha de la Audiencia y se acuerda remitir la causa al Tribunal de Ejec.....