este Juzgado Cuarto (04°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: Oída la solicitud de la Defensa y opinión de la Vindicta Publica se admite la acusación formulada por el Fiscal 33° del Ministerio Público del Estado Aragua, ABG. VICTOR PADRON, en contra del ciudadano: FRANCISCO JAVIER USTARIZ REINA, titular de la cedula de identidad N° V-27.654.388, venezolano, estado civil: soltero, residenciado en: CALLE JJ MONSTESINOS, SECTOR PIÑONAL CASA N° 90 MARACAY ESTADO ARAGUA, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas. SEGUNDO: Se admiten los medios de pruebas presentados por el Representante del Ministerio Público del Estado Aragua, por ser necesarios, legales y .....