DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano JONATHAN ELIEZER GUTIERREZ BOLIVAR, titular de la cedula de identidad N° V-27.867.665, Venezolano, natural de Villa de Cura, estado Aragua, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 01-09-1998, profesión u oficio: obrero, residenciado en: BARRIO EL CARMEN II, CALLE LOS PROCERES, CASA NRO. 214, VILLA DE CURA, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de: SECUESTRO BREVE, previstos y sancionados en los Artículos 6 en concordancia con el artículo 3 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión Vigente para la f.....