DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano YONDRI ALEXANDER GALINDEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 26.039.750, natural de Maracay, estado Aragua, fecha de nacimiento: 01-12-1996, de 26 años de edad, profesión u oficio: AGRICULTOR y residenciado en: SOSA, MUNICIPIO MELLADO, INVASION, ESTADO GUARICO, a cumplir la pena de CUATRO AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el Artículo 149 Segundo Aparte de la Ley Orgánica de Drogas.....