Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, a la ciudadana MILENA JOSEFINA CHIRINOS RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V-10.756.069, Venezolano, de estado civil soltera, de 49 años de edad, fecha de nacimiento 22-06-1970, natural de CARACAS, DISTRITO CAPITAL, DE OCUPACION U OFICIO: MANICURISTA, residenciada en: BARRIO INDEPENDENCIA, CALLE 86, NUMERO 03, MARACAY, ESTADO ARAGUA, TELEFONO: NO POSEE, a cumplir la pena de CUATRO AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionad.....