Con fundamento a los argumentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Quinto de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el siguientes pronunciamiento: ACUERDA: PRIMERO: se admite TOTALMENTE el escrito acusatorio presentado por el Ministerio Publico, en contra del acusado: FERNANDO ANTONIO BRICEÑO GONZALEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-26.425.541, nacido en Maracay, estado Aragua, fecha de nacimiento 20-08-1997, de 24 años de edad, estado civil soltero y domiciliado en: URBANIZACION SAN JACINTO, 1ERA AVENIDA, EDIFICIO OCUMARITO, APTO 9-C, MARACAY, ESTADO ARAGUA, como responsable del delito de ULTRAJE VIOLENTO A FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 223 en relación con el artículo 413, ambos del Código Penal, así como también se admiten en su totalidad los Medios de Pruebas ofrecidos .....